Guía de actuación laboral ante el Covid-19
Obligaciones y derechos de los trabajadores
✓ Si la empresa ha optado por el
teletrabajo la relación laboral se mantiene inalterada, por lo que el salario y los derechos de los trabajadores no se modifican.
✓ Si la empresa ha
suspendido unilateralmente la prestación de servicios se suspende la obligación de trabajar y el trabajador tiene derecho a cobrar la
prestación por desempleo desde que la suspensión sea efectiva. En este caso es preciso que se inicie un procedimiento de ERTE ya que en caso contrario la medida no tendría amparo legal.
✓ Si la empresa ha optado por el
ERTE el empleado no tiene derecho a indemnización, pero sí a prestación por desempleo, dado que la relación laboral no ha terminado solo se encuentra suspendida. La obligación de trabajar se mantiene mientras no exista una suspensión del contrato de trabajo.
❖ Para acceder a la prestación por desempleo no tiene que solicitar cita previa con el SEPE, ya que la gestión de la misma se tramitará entre su empresa y el SEPE. Consulta más información en este enlace.
❖ Para realizar cualquier consulta se hará vía telefónica. Aquí los números de teléfono habilitados por el SEPE.
Qué hacer y qué no como empresa o autónomo con empleados
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No se puede obligar a los trabajadores a disfrutar de sus vacaciones.
✓ Si la empresa o negocio continúa con su actividad, se debe
facilitar en la medida de lo posible el teletrabajo de los empleados.
✓ Si el empresario
opta por un ERTE y la autoridad laboral lo autoriza, se suspende la actividad y deja de abonar el salario a los trabajadores.
✓
En caso de ERTE no se extingue la relación laboral, esta se reanudará en las mismas condiciones cuando finalicen las circunstancias que han motivado el mismo.
❖ Durante el periodo del estado de alarma la tramitación de los ERTES, deberá hacerse de manera telemática, a través de este link. En el apartado “Gestión" de la página se encuentran el formulario de solicitud, los impresos necesarios y toda la información requerida.
Para más información consulta nuestra web